












La medida, prevista en la Resolución General Nº 5288, firmada por el titular de la AFIP, Carlos Castagneto, establece que los envíos sólo podrán ser utilizados 5 veces por año calendario. Los nuevos parámetros entrarán en vigencia la semana entrante.
La decisión, publicada hoy en el Boletín Oficial, establece un mecanismo de apoyo para que las pymes industriales puedan acceder con facilidad a los insumos necesarios para la producción, con el consecuente aumento de la competitividad y la generación de empleo.
La resolución establece que las mercaderías a importar deben estar destinadas a operadores inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES”, previsto en la ley N° 24.467. Además dicha inscripción deberá ser acreditada por las cámaras empresariales de cada sector ante la Dirección General de Aduanas (DGA) .











